¿Qué es el Régimen de Coordinados?
El Régimen de Coordinados es un régimen fiscal que se aplica a aquellas personas físicas o morales que se encuentran a cargo de un trabajo en relación de dependencia para un mismo patrón y que reciben remuneraciones o ingresos por otras actividades. Estas actividades deben estar relacionadas con los trabajos que realizan para el patrón y bajo su dirección. El Régimen de Coordinados permite a los trabajadores obtener ingresos por una actividad distinta a la relación de dependencia sin que se les aplique un régimen fiscal distinto.
¿Cómo se aplica el Régimen de Coordinados?
En el Régimen de Coordinados, el trabajador debe pagar un impuesto sobre la renta (ISR) de acuerdo a una tarifa de aplicación para los ingresos generados por la actividad distinta a la relación de dependencia. El ISR se calcula sobre los ingresos brutos obtenidos por la actividad distinta al trabajo del patrón. El impuesto se considera pagado provisionalmente y el trabajador deberá presentar la declaración anual para calcular el ISR definitivo.
¿Qué es un pago provisional?
Un pago provisional es un pago de impuestos que se realiza en el momento en el que el trabajador obtiene los ingresos por la actividad distinta a la relación de dependencia. El pago provisional se realiza para evitar la acumulación de impuestos al momento de presentar la declaración anual. El pago provisional se aplica sobre los ingresos brutos obtenidos durante el periodo en el que se realiza el pago. El monto del pago provisional se calcula de acuerdo a la tarifa de aplicación para el Régimen de Coordinados.
¿Cómo se calculan los pagos provisionales?
Los pagos provisionales se calculan multiplicando el monto de los ingresos brutos por el porcentaje correspondiente a la tarifa de aplicación para el Régimen de Coordinados. El monto a pagar provisionalmente también se puede calcular aplicando la fórmula: (Ingresos brutos-deducciones) x (porcentaje de tarifa). El monto a pagar provisionalmente es el resultado de la multiplicación.
¿Cuáles son los ejemplos de pago provisional del Régimen de Coordinados?
Un ejemplo de pago provisional es el siguiente: un trabajador que recibe ingresos por una actividad distinta a la relación de dependencia de $10,000 MXN durante el periodo en el que se realiza el pago provisional. El trabajador deberá pagar un impuesto sobre la renta provisionalmente equivalente al 15% del monto ($1,500 MXN). El monto de $1,500 MXN debe ser pagado en el momento en el que se obtengan los ingresos.
Otro ejemplo de pago provisional es el siguiente: un trabajador que recibe ingresos por una actividad distinta a la relación de dependencia de $20,000 MXN durante el periodo en el que se realiza el pago provisional. El trabajador deberá pagar un impuesto sobre la renta provisionalmente equivalente al 20% del monto ($4,000 MXN). El monto de $4,000 MXN debe ser pagado en el momento en el que se obtengan los ingresos.
¿Cuándo se deben hacer los pagos provisionales?
Los pagos provisionales deben realizarse en el momento en el que el trabajador obtiene los ingresos por la actividad distinta a la relación de dependencia. El pago debe realizarse antes de que termine el periodo en el que se realiza el pago. Esto significa que si el trabajador recibe los ingresos durante el mes de mayo, debe realizar el pago provisional antes de que termine el mes de mayo.
¿Qué sucede si el trabajador no realiza el pago provisional?
Si el trabajador no realiza el pago provisional en el momento en el que se obtienen los ingresos, se le aplicará un recargo de mora. El recargo de mora se aplica al monto de los ingresos brutos obtenidos durante el periodo en el que se debe realizar el pago. El porcentaje de recargo de mora depende del tiempo que transcurra entre el momento en el que se debe pagar el impuesto y el momento en el que se realiza el pago. El recargo de mora se aplica sobre el monto total del impuesto que se debe pagar provisionalmente.
¿Cómo se reportan los pagos provisionales del Régimen de Coordinados?
Los pagos provisionales del Régimen de Coordinados deben reportarse en la declaración anual de impuestos. El trabajador debe indicar el monto total de los ingresos obtenidos durante el periodo en el que se realiza el pago provisional y el monto del impuesto que se aplicó provisionalmente. El trabajador también debe indicar el monto total del impuesto que le fue exigido provisionalmente. Esta información se utiliza para calcular el ISR definitivo.
Conclusión
El Régimen de Coordinados es un régimen fiscal aplicable a aquellas personas físicas o morales que se encuentran a cargo de un trabajo en relación de dependencia para un mismo patrón y que reciben remuneraciones o ingresos por otras actividades. Los pagos provisionales del Régimen de Coordinados se calculan multiplicando el monto de los ingresos brutos por el porcentaje correspondiente a la tarifa de aplicación para el Régimen de Coordinados. Los pagos provisionales deben realizarse en el momento en el que el trabajador obtiene los ingresos por la actividad distinta a la relación de dependencia. Los pagos provisionales del Régimen de Coordinados deben reportarse en la declaración anual de impuestos.